consejos comunales en Venezuela
Los consejos comunales en Venezuela bien se pueden buscar
hasta en el texto constitucional de la República Bolivariana de Venezuela de
1999. Existen unos 70 artículos que resaltan la participación ciudadana en
varios aspectos de la vida pública del país. Algunos de ellos hacen alusión
directa a la participación popular.
El Articulo 62 (en lo sucesivo: Art.)
refiere a la participación popular en la gestión pública, el Art 70 determina
las formas de participación en lo económico, social y político.
Para junio del año 2005 se promulga Ley Orgánica del
Poder Público Municipal. En su artículo 113 señalaba que “El alcalde o
alcaldesa en su carácter de presidente o presidenta del Consejo Local de
Planificación Pública, promoverá la conformación de los consejos parroquiales y
comunales…” quedando claro que los consejos comunales fueron una instancia de
los Consejos Locales de Planificación Publica (CLPP).
En febrero de 2006, el presidente de la República
Bolivariana de Venezuela hace un llamado para que las comunidades se
organizaran en consejos comunales, a la vez que exhortó a la Asamblea Nacional
para que promulgara una Ley sobre esta figura de organización comunitaria. A principios del
mismo año, se promulga la Ley de los Consejos Comunales.
Caracas,(NL). Fue publicada en la
Gaceta Oficial N° 39.335 de fecha 28 de diciembre de 2009 la nueva Ley Orgánica
de los Consejos Comunales.
Esta Ley tiene por objeto regular
la constitución, conformación, organización y funcionamiento de los consejos
comunales como una instancia de participación para el ejercicio directo de la
soberanía popular y su relación con los órganos y entes del Poder Público para
la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así
como los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitaria.
ORGANIZACIONES
Las organizaciones son estructurales, sociales creadas
para lograr metas o leyes por medio de los organismos humanos o de la gestión
del talento humano y de otro tipo. Están compuestas por sistemas
interrelaciones que cumplen funciones especializadas.
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Convenio sistemático entre personas para lograr algún
propósito específico. Las organizaciones son el objeto de estudio de la Ciencia
de la Administración, a su vez de otras disciplinas tales como la Sociología,
la Economía y la Psicología.
Pueblos Indígenas
Además
de los anteriores, podrían constituirse:
- Comité de ambiente y demarcación de tierras
- Comité de educación propia, educación intercultural bilingüe e idiomas indígenas.
- Comité de medicina tradicional indígena
Gracias
a este gobierno de autogestión se le ha dado la participación al pueblo organizado
para así poder ejecutar los proyectos
propuestos por la comunidad y lograr dar repuestas a las necesidades.
Tutora: Bervis Rojas Autora: Flor Jaime
Colaboración: Rosa E. Ojeda